Subsidio para Mayores de 45 años

¿Qué es el Subsidio para mayores de 45 años?

El subsidio para mayores de 45 años es una ayuda económica que ofrece el Estado, que está destinada a aquellas personas que tienen más de 45 años de edad y que han agotado la prestación contributiva o, lo que es lo mismo, el paro.

Para solicitarla, además, tienes que cumplir con una serie de requisitos. Si quieres saber cuáles son, sigue leyendo porque te lo contamos a continuación.

Requisitos para solicitar la ayuda para mayores de 45 años.

Para tener derecho a recibir la ayuda para mayores de 45 años, necesitas cumplir los siguientes requisitos:

  1. Estar desempleado y haber agotado el paro.
  2. Tener al menos 45 años en el momento en que se te haya acabado el paro. Es decir, que el día que hayas cobrado la última cuota de tu prestación de desempleo tienes que tener 45 años cumplidos, ni un día menos.
  3. Estar inscrito como demandante de empleo y dejar pasar al menos un mes desde que hayas agotado el paro, hasta presentar la solicitud para recibir la ayuda para mayores de 45 años. A este requisito se le conoce como ‘mes de espera’ y básicamente deja desprotegido y sin ningún ingreso al parado, durante un mes.
  4. No tener cargas familiares. En el caso de que sí las tengas, podrás optar al subsidio de ayuda familiar, que tendrá más beneficios para ti que la ayuda para mayores de 45 años.
  5. No tener ingresos superiores al 75% del salario mínimo interprofesional que, a día de hoy, es de 735,90€ al mes. Es decir, tus ingresos máximos mensuales para poder solicitar la ayuda a mayores de 45 años tienen que ser inferiores a 551€. En el caso de que no cumplas con este requisito y, por lo tanto, no te concedan la ayuda, puedes volver a pedirla antes de que pase un año si tus circunstancias han cambiado y tus ingresos han disminuido.

¿Cómo pedir el subsidio para parados de 45 años?

Tras haber agotado el paro y cuando haya transcurrido el ‘mes de espera’, dispondrás de 15 días hábiles para pedir la ayuda para mayores de 45 años.

Para realizar la solicitud, lo primero que tienes que hacer es pedir una cita previa con la oficina de empleo del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) más cercana a tu domicilio.

La cita se puede pedir tanto vía Internet, a través de este link (https://sede.sepe.gob.es/citaprevia/solicitudCitaPrevia.do), como por teléfono. Aquí tienes un listado con los teléfonos del SEPE en cada provincia, para que puedas pedir tu cita: https://www.sepe.es/contenidos/contacta/tel_citaprevia.html

También puedes presentar la solicitud de ayuda para mayores de 45 años por vía telemática, a través de la web del SEPE. Sin embargo, para poder hacerlo, necesitarás acceder con un DNI electrónico, un usuario y contraseña, o un certificado digital. Si tienes uno de estos tres métodos de autentificación, podrás hacerlo a través de este link.

Una vez presentada la solicitud, el SEPE tendrá un plazo de 15 días para comprobar si todo está en orden y si cumples, o no, con los requisitos para recibir la ayuda a mayores de 45 años. Sea cual sea su decisión, la administración tendrá que comunicártelo en los 10 días posteriores. Es decir que, en total, no deberían pasar más de 25 días hábiles desde que has presentado la solicitud, hasta que hayas tenido noticias del SEPE. Si el pazo se alargara, te recomendamos que los contactes por teléfono, ya que se puede haber producido algún tipo de error.

Documentación a presentar para solicitar la prestación

Ya sea por la vía telemática o en persona, en las oficinas del SEPE (antes INEM), tendrás que presentar los siguientes documentos para solicitar la ayuda para parados mayores de 45 años:

  • Impreso de solicitud (aquí)- En él, te pedirán que rellenes tus datos personales (incluyendo tu número de cuenta bancaria) y datos sobre tu renta, además de firmar una autorización por la cual permites al SEPE que coteje tus datos con la Agencia Tributaria.
  • Tu Documento Nacional de Identidad (DNI) o NIE en el caso de que seas extranjero
  • Justificante de rentas – aparte de la información que hayas rellenado en el impreso de solicitud, el SEPE quiere pruebas de cuáles son tus ingresos, si es que tienes algunos. No siempre se solicita, pero en el caso de que así sea, tendrás la obligación de presentarlo.

Preguntas Frecuentes

¿Cuánto se cobra con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda para mayores de 45 años asciende a un máximo del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), lo que equivale, a día de hoy, a 430,27 €. El IPREM es un índice de referencia en España que se utiliza para calcular las ayudas y subsidios en función de los ingresos.

Hasta el 2004, se utilizaba para dicho fin el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), pero éste fue sustituido por el IPREM que, desde su creación, siempre ha estado por debajo del SMI.

La cantidad de 430,27€ te corresponderá si el trabajo que tenías, antes de empezar a cobrar el paro, era de jornada completa. Si solo trabajabas media jornada, tendrás derecho solo a la mitad de la ayuda. Es decir, que se calcula en función de la jornada laboral que tenían en tu contrato.

¿Durante cuánto tiempo puedes tener la ayuda?

La ayuda a mayores de 45 años se concede por un periodo máximo de 6 meses.

¿Cuándo se cobra la ayuda para mayores de 45 años?

La ayuda para mayores de 45 años se cobra de forma mensual y su ingreso se hará efectivo en la cuenta bancaria que hayas indicado en tu Impreso de Solicitud, y de la que tienes que ser el titula, entre los días 10 y 15 de cada mes.

Renta activa de inserción para desempleados mayores de 45 años

Como habrás visto, el subsidio para mayores de 45 años solo puede ser solicitado por aquellos desempleados mayores de esta edad, que ya no estén cobrando el paro. Pero, ¿qué pasa si ya no te corresponde esta ayuda y llevas mucho tiempo parado? En este caso, podrás recurrir a otro tipo de ayuda, de carácter extraordinario, conocida con el nombre de Renta Activa de Inserción (RAI).

Que sea de carácter extraordinario quiere decir que solo se puede solicitar cuando la persona siga sin haber encontrado trabajo y ya no tiene derecho a ninguna de las ayudas ordinarias, como el paro.

La RAI se concede durante 11 meses como máximo y, al igual que la ayuda a mayores de 45 años de la que venimos hablando, tiene una cuantía de 430,27€ o, lo que es lo mismo, el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

Para solicitarla, tienes que proceder igual que en el caso de la ayuda a mayores de 45 años, es decir, pedir cita por internet o por teléfono con la oficina de la SEPE más cercana a tu domicilio, rellenar el Impreso de Solicitud y llevar tu DNI o NIE.

Los requisitos para pedir la ayuda de la Renta Activa de Inserción para mayores de 45 años son los siguientes:

  • Tener entre 45 y 65 años
  • Ser parado de larga duración. Es decir, haber estado apuntado como demandante de empleo al menos durante 12 meses.
  • Suscribir el compromiso de actividad o, lo que es lo mismo, demostrar que estás buscando trabajo de manera activa, no rechazar las ofertas de trabajo que te manda la SEPE, ni los cursos de formación obligatorios.
  • Que tus ingresos no superen el 75% de la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Para poder solicitar la Renta Activa de Inserción no puedes tener ingresos que superen los 531€ al mes.
  • En el caso de tener cónyuge o personas a tu cargo (como, por ejemplo, hijos menores de 26 años o con alguna discapacidad), solo se podrá pedir la ayuda si la suma de las rentas mensuales de todos los miembros de la familia (incluido tú mismo), dividida entre el número total de ellos, sea menor a los 531€ al mes, por persona. Imagínate que tú no tienes ningún ingreso pero tu cónyuge gana 2.000€ al mes. Además, tenéis un hijo menor de 26 años, que vive con vosotros y que tampoco tiene ingresos. En este caso, tendrías que dividir los 2.000€ de ingresos totales al mes, entre los 3 miembros de tu familia. El resultado es de 666,6€, una suma superior a los 531€ requeridos para poder solicitar la Renta Activa de Inserción para desempleados mayores de 45 años. Por lo tanto, no cumplirías con los requisitos para que se te conceda.
  • No haber disfrutado de esta ayuda en los últimos 365 días naturales anteriores a pedirla ni haberla pedido más de tres veces. La Renta Activa de Inserción se puede pedir hasta 3 veces, pero tienes que estar al menos un año sin recibir la ayuda, antes de volver a solicitarla.
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1 comentario en “Subsidio para Mayores de 45 años”

  1. Si he cobrado la RAI por primera vez, y durante el año que no puedo percibirla, he cobrado durante seis meses un subsidio extraordinario (SED), puedo volver a cobrar la RAI a los 365 días desde que finalicé la primera RAI? Gracias

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